
En días recientes, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) autorizó la realización de asambleas y demás actos al partido político Partido de Avanzada Nacional (PAN, creado, en 1989, por Álvaro Arzú, el más antiguo de todos los partidos, al momento). Y la población se pregunta, ¿Pueden RESUCITAR los partidos políticos cancelados o muertos? La respuesta es: Sí
El PAN, junto a otros 9 partidos políticos fue cancelado, en enero del 2024, por el TSE por no haber alcanzado el mínimo (5%) de votos válidos establecido en la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP). Pero, dicho partido apeló la Resolución del TSE, en base a los artículos 246-250 de la LEPP. El recurso se llama RECURSO DE NULIDAD. Es decir, dentro de los 3 días siguientes a la notificación con la Resolución de cancelación del TSE, los partidos políticos afectados están facultados para recurrir ante mismo Tribunal para argumentar las razones de su oposición a dicha Resolución. Y si el TSE mantiene su voluntad, entonces, cabe el recurso de Amparo ante la Corte de Constitucionalidad.
Este procedimiento administrativo es lo que menos se utiliza por las agrupaciones políticas afectadas por los resultados electorales inmediatos y/o por las determinaciones del TSE porque los representantes de los partidos políticos cancelados se encuentra en lo que se denomina el «duelo electoral» y se dejan vencer por los plazos para recurrir. También se obvia este recurso porque se asume que el mismo «Tribunal no cambiará su voluntad expresada en su resolución».
En los hechos, Guatemala va a las próximas elecciones generales del 2027, con 27 partidos vigentes, y otros 10 en proceso de formación. La gran mayoría de estas cerca de 40 organizaciones políticas, que funcionan como empresas electorales, están integradas por políticos tránsfugas o políticos que se resisten a morir, y sobreviven gracias a la «voluntad permisiva» del TSE.